Cooperativas y Mutuales – Santa Fe
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En la Provincia de Santa Fe, la Subsecretaría de Asociativismo, Promoción de la Empresarialidad y Trabajo Decente busca formular y gestionar políticas, programas y acciones de promoción y control de las actividades de las cooperativas y organizaciones mutuales. Coordina cursos de capacitación, aporta asistencia técnica y ejerce el contralor del funcionamiento institucional y administrativo.
El Decreto 1.651/13, declaró de Interés Provincial la propuesta y aspiraciones de la Década Cooperativa, así denominada por la Alianza Cooperativa Internacional (Congreso ACI, Manchester, octubre/2012), como asimismo a las actividades que se desarrollen en cumplimiento de sus objetivos.
a) Convenios y Acuerdos.
Suscribe convenios y acuerdos de cooperación y asistencia recíproca con otras áreas del estado provincial y/o instituciones privadas, fortaleciendo y asistiendo al movimiento asociativo, incentiva la educación asociativa, mutual y cooperativa, y difunde los valores y principios del asociativismo solidario.
b) Programas y Sellos
La Subsecretaria lleva adelante cursos de formación y capacitación casi con frecuencia diaria, y ha impreso cientos de ejemplares del Programa Provincial de Promoción de la Economía Social, que habitualmente es distribuido entre los participantes a los citados cursos.
Reconoce el esfuerzo de aquellas entidades cooperativas que desarrollan sus actividades de acuerdo con los valores y los principios de la doctrina y buenas prácticas cooperativas, buscando satisfacer las necesidades de sus asociados y de la comunidad en general, y con manifiesta eficiencia social.
c) Educación Cooperativa y Mutuales
El cooperativismo y mutualismo asume una gran responsabilidad con la educación, buscando la difusión de información o promoción, comprometiendo a los asociados, dirigentes y empleados para que se comprenda plenamente la complejidad, la riqueza del pensamiento y el accionar cooperativo.
Su objetivo principal es lograr que los asociados tengan la capacidad y las herramientas de gestión necesarias, buscando que los dirigentes puedan comprender mejor las necesidades de los asociados.
d) Mutuales
En Argentina, las mutuales se rigen por la ley Nº 20.321 y por diversas resoluciones que dicta el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES). Las mismas tienen incidencia en el campo de la Salud, los Servicios Sociales, y constituyen una red de apoyo económico para las pequeñas y medianas empresas. Buscan equilibrar las desigualdades provocadas por el sistema económico del libre mercado. Las mutuales son «empresas sociales», con cerca de 4200 entidades registradas y alrededor de 5 millones de asociados. Constituyen uno de los pilares de la Economía Social.
e) Cooperativas
Una cooperativa es una asociación autónoma de personas que se han unido voluntariamente para hacer frente a sus necesidades y aspiraciones económicas, sociales y culturales comunes por medio de una empresa de propiedad conjunta, y democráticamente controlada.
Esta Asociación de personas llamada Cooperativa debe tener carácter Solidario. En las cooperativas no hay patrones ni empleados. Todos son asociados. Por lo cual se reparten los costos y excedentes.
El ingreso a las cooperativas es libre y abierto, sin discriminación de tipo racial, social, político, religioso, étnico, etc. Puede ser asociado a una cooperativa toda persona mayor de 18 años, que tenga la idoneidad requerida para el desempeño que desarrolle la entidad.
f) Consejo Provincial de Asociativismo
Por Decreto Nº 2689 del 27 de septiembre de 2012 del Gobernador de la Provincia de Santa Fe se crea el Consejo Provincial de Asociativismo y Economía Social.
Su misión es actuar como órgano de consulta y asesoramiento en materia cooperativa y mutual. La Resolución Provincial Nº 539/2013 presenta el contenido del reglamento Interno del Consejo de Asociativismo y Economía Social.
Está integrado por las entidades de segundo y tercer grado que nuclean a las cooperativas y mutuales radicadas en la provincia, siempre que posean sede o delegación en territorio santafesino, como asimismo por aquellas entidades cooperativas y mutuales de primer grado que por su dimensión y desarrollo tengan suficiente representatividad en el sector.
El Consejo está presidido por el Ministro de la Producción y en ausencia de éste por el Subsecretario de Asociativismo, Promoción de la Empresarialidad y Trabajo Decente.
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